SUNAT: Conoce las nuevas normas para los comprobantes de pago

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat) ha introducido nuevos cambios a la regulación de documentos a partir de este año.

[/vc_column_text][vc_column_text]La Sunat ha puesto en implementación un nuevo criterio para la adquisición de la calidad de emisor electrónico por determinación aprobado por dicha institución recaudadora mediante la R.

S.

Nº 340-2017-/Sunat.

[su_pullquote align="right" class="cita"]El usuario deberá emitir los comprobantes en el sistema elegido.

[/su_pullquote] Así, transcurrido el plazo de cinco meses contados a partir de la adquisición de la calidad de emisor electrónico por elección del Sistema de Emisión Electrónica (SEE), el usuario deberá emitir obligatoriamente comprobantes en el sistema elegido.

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[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat) ha introducido nuevos cambios a la regulación de documentos a partir de este año.[/vc_column_text][vc_column_text]La Sunat ha puesto en implementación un nuevo criterio para la adquisición de la calidad de emisor electrónico por determinación aprobado por dicha institución recaudadora mediante la R. S. Nº 340-2017-/Sunat.

[su_pullquote align=”right” class=”cita”]El usuario deberá emitir los comprobantes en el sistema elegido.[/su_pullquote]

Así, transcurrido el plazo de cinco meses contados a partir de la adquisición de la calidad de emisor electrónico por elección del Sistema de Emisión Electrónica (SEE), el usuario deberá emitir obligatoriamente comprobantes en el sistema elegido.[/vc_column_text][vc_cta h2=”” h4=”Relacionado” css_animation=”slideInRight”]SUNAT: Estos son los documentos considerados comprobantes de pago[/vc_cta][vc_custom_heading text=”A tener en cuenta” font_container=”tag:h2|font_size:24|text_align:left|color:%23dd3333″ use_theme_fonts=”yes” css_animation=”none”][vc_column_text]Además se amplía el universo de sujetos que pueden emitir comprobantes electrónicos, y permite que los sujetos del Nuevo RUS puedan emitir boletas de venta, notas de crédito y débito y guías de remisión electrónicas, en el SEE-SOL; en el SEE-Del Contribuyente; en el SEE-SFS y en el SEE-Operador de Servicios Electrónicos.

[su_pullquote align=”right” class=”cita”]Ahora se necesita ser emisor electrónico del SEE.[/su_pullquote]

Asimismo, la norma prevé medidas para el control fiscal, en los casos en los que se permite el uso de comprobantes electrónicos y físicos. En estas situaciones, el usuario deberá cuidar que el número de RUC no haya sido dado de baja, ser emisor electrónico del SEE por determinación de Sunat y estar afecto al impuesto a la renta por rentas de tercera categoría, de corresponder o las Nuevo RUS.[/vc_column_text][vc_cta h2=”” h4=”Relacionado” css_animation=”slideInRight”]Cómo realizar tus consultas tributarias vía online con la Sunat[/vc_cta][vc_custom_heading text=”Otros datos” font_container=”tag:h2|font_size:24|text_align:left|color:%23dd3333″ use_theme_fonts=”yes” css_animation=”none”][vc_column_text]La norma también establece que los operadores de servicios electrónicos deberán cumplir con efectuar el proceso de pruebas respecto de documentos o requisitos que se incorporen en el SEE con posterioridad a su inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos.

También la Sunat amplió el plazo a partir del cual será obligatorio consignar el código QR en la representación impresa de los comprobantes de pago electrónicos. Y en las operaciones de exportación, solo podrá emitirse una nota electrónica por factura o boleta electrónica. Antes, era posible modificar más de una factura electrónica o boleta.

Fuente: elperuano.pe[/vc_column_text][vc_custom_heading text=”RESUMEN” font_container=”tag:h2|font_size:24|text_align:center|color:%23dd3333″ use_theme_fonts=”yes” css_animation=”none”][vc_message]La Sunat aprobó una norma para la adquisición de la calidad de emisor electrónico por lo que transcurrido el plazo de cinco meses contados a partir de la adquisición de la calidad de emisor electrónico por elección del Sistema de Emisión Electrónica (SEE), el usuario deberá emitir obligatoriamente comprobantes electrónicos en el sistema elegido. También se permite que los sujetos del Nuevo RUS puedan emitir boletas de venta notas de crédito y débito y guías de remisión electrónicas.[/vc_message][/vc_column][/vc_row]

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