El “Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Linea” es un sistema web, producto de un esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Salud y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil RENIEC.
Este permite que en los establecimientos de salud donde se atiendan partos, el recién nacido sea registrado de manera oportuna disminuyéndose la vulnerabilidad en el proceso de registro del nacimiento en sala de partos o cesárea, por el profesional que realiza la atención generándose así el Certificado del Nacido Vivo o el CNV.
¿Qué es el Certificado de Nacido Vivo?
Después del parto se entrega el Certificado de Nacido Vivo (CNV) y una vez que se da este certificado, dentro de los hospitales están instaladas las oficinas registrales que tienen a su cargo expedir el acta de nacimiento y emitir el DNI de los niños.
Este nuevo sistema asegura menos errores en la emisión del Certificado:
- Reduce la probabilidad de falsificar y/o duplicar identidades
- Reduce el margen de error en comparación con el registro de datos a mano
- Identificación segura de la madre
- Validación de los Profesional de la Salud

Certificado de discapacidad
Si tu hijo o hija nace con alguna discapacidad evidente, deberá tener un Certificado de Discapacidad que lo acredite. En los establecimientos es obligatorio el registro de todo recién nacido que presente una discapacidad evidente o referirlo al establecimiento de salud con capacidad para atenderlo.
Acta de Nacimiento
La madre, padre o tutor del recién nacido tendrá un plazo de 60 días calendario, contados desde el día siguiente al que nació el bebé, para acercarse a una de las Oficinas Registrales de la RENIEC y hacer la inscripción de nacimiento gratis.
- Deberá llevar el Certificado de Nacido Vivo original y exhibir su DNI, con lo que se podrá tramitar el Acta de Nacimiento
- Este documento es el que acredita el nombre de una persona le otorga la nacionalidad peruana, acredita sus vínculos de filiación y más
- Si te pasas de los 60 días de plazo, puedes hacer una inscripción de nacimiento extemporánea, tanto para menores como mayores de edad
¿Qué Documentos se necesitan para inscribir al recién nacido?
Si tiene menos de 60 días de nacido/a necesitas:
- Certificado de nacido vivo que te dan el centro de salud donde atendieron o constataron tu parto, o Declaración jurada de la autoridad política (teniente gobernador o jefe comunal), judicial (juez de paz) o religiosa (párroco) confirmando el nacimiento, dentro del plazo de 60 días de ocurrido dicho nacimiento, siempre que en la localidad donde se produjo el nacimiento no exista profesional competente que pueda atender o constatar el parto y por lo tanto no se puede contar con la constancia de nacido vivo
- Dni de la persona que hará la inscripción
Si tiene más de 60 días se necesita:
- La solicitud que entregan las Oficinas de Registro de la jurisdicción donde ha ocurrido el nacimiento o del lugar donde reside el menor de edad
- La solicitud debe ir acompañada del Certificado de nacido vivo que te da el centro de salud donde atendieron o constataron tu parto, o Declaración jurada de la autoridad política (teniente gobernador o jefe comunal), judicial (juez de paz) o religiosa (párroco) confirmando el nacimiento, dentro del plazo de 30 días de ocurrido dicho nacimiento, siempre que en la localidad donde se produjo el nacimiento no exista profesional competente que pueda atender o constatar el parto y por lo tanto no se puede contar con la constancia de nacido vivo
- Acreditar ante el registrador su identidad y parentesco con el menor de edad
Es deber del padre y de la madre inscribir al bebé recién nacido para sacar la partida de nacimiento. En casos especiales también, pueden hacerlo otras personas de la familia como: abuelas, abuelos, hermanos mayores, tutores o quien tenga la tenencia, en estos casos, se debe demostrar el vínculo con el niño o niña.
¿Dónde puedo inscribirlo (a)?
En las Oficinas de Registro Civil del lugar donde nació o vive ahora la niña o niño. Podrás encontrar Oficinas de Registro Civil en los centros de salud, en las agencias de RENIEC y en las municipalidades.
Permisos de maternidad
- Licencia de maternidad
La madre tiene un derecho a un descanso del trabajo por 14 semanas (98 días), que pueden ser divididos en 49 días antes del parto y 49 días después.
- Subsidio por maternidad
Este subsidio por maternidad se otorga a la madre por un periodo de 98 días, ella puede decidir la fecha de inicio del descanso con la autorización de su médico, aunque normalmente debería iniciar 49 días antes de la fecha probable de parto.
- Permiso por lactancia materna
Es el derecho que tiene una madre a una hora diaria de permiso por lactancia materna, desde el término del periodo postnatal de la licencia de maternidad hasta que el niño cumpla 1 año de edad.
- Subsidio por lactancia
Cuando nace un niño o niña, EsSalud le otorga a la madre un monto de S/. 820.00, que tiene como fin contribuir al cuidado del recién nacido. Este es el subsidio por lactancia, que se puede solicitar en cualquier Oficina de seguros y prestaciones económicas si el titular tiene un vínculo laboral al momento del nacimiento del niño, quien ya debe estar registrado en RENIEC.

Si tienes un recién nacido en casa y ya registraste su nacimiento, debes tramitar el DNI amarillo que le permitirá el acceso atención de salud gratuita y más beneficios. Recuerda que para este trámite debes llevar al bebé a la agencia
Documento Nacional de Identidad (DNI) para menores de edad
Si tu hijo, hija o un menor bajo tu tutela tiene de 0 a 16 años, podrás solicitar su DNI para menores de edad (amarillo) como su declarante en un Centro de Atención de RENIEC o un centro MAC.
Debes tener en cuenta que el DNI del recién nacido tiene una vigencia de 3 años. Luego de este tiempo, deberás renovarlo cuando cumpla 3 y 6 años de edad. Luego, el DNI tendrá una validez de 8 años.
Requisitos para el DNI del menor de edad
- Copia Certificada de la partida de nacimiento expedida por la Oficina de Registro de Estado Civil
- Fotografía actual tamaño pasaporte tomada de frente, sin marco, a color, en fondo blanco y no retocada
- Original y copia simple de recibo de servicios públicos (agua, luz o teléfono) o Tributo Municipal, con una antigüedad menor a los 6 meses, para sustentar su dirección
- Recibo de pago de 16 soles, efectuado en el Banco de la Nación
- Original y copia simple del documento de identidad de la persona que realiza el trámite
Trámite para la obtención del DNI
Este trámite se realiza en cualquier Oficina Registral del RENIEC a nivel nacional, por intermedio de la Madre, el Padre, o el Tutor, quienes deberán acreditar su parentesco o vínculo con el niño, niño o adolescente ante el registrador.
En caso de orfandad quienes deben realizar el trámite son los hermanos mayores de edad o los tíos mayores de edad o los directores de centros de protección e instituciones educativas responsables de la Defensorías del niño y del adolescente.
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